real decreto · BOE-A-1987-12158
Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados «a justificar»
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 21/5/1987
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula la expedición de órdenes de pago «a justificar» con cargo a los presupuestos de los departamentos ministeriales y organismos autónomos.
A quién afecta: Cajas pagadoras de los Ministerios y Organismos autónomos del Estado.
- Las órdenes de pago «a justificar» se expiden a favor de Cajas pagadoras creadas en los Ministerios y Organismos autónomos.
- El importe de las órdenes de pago se abona por transferencia a cuentas del Banco de España dentro de la agrupación de anticipos de fondos a justificar.
- Las disposiciones de fondos se efectúan mediante cheques nominativos o transferencias con firmas mancomunadas del cajero pagador y otro funcionario designado.
- Las Cajas pagadoras deben llevar contabilidad separada de todas las operaciones que realicen con los fondos a justificar.
¿A favor de quién se expiden las órdenes de pago «a justificar» reguladas por este real decreto?
A favor de las Cajas pagadoras creadas en los Ministerios y Organismos autónomos.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985 (1 menciones)
- Cita a: Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986 (3 menciones)
- Cita a: Ley General Presupuestaria (2 menciones)
- Cita a: Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987 (1 menciones)
- Derogada por: Anticipos de Caja Fija (2 notas)
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