Artículo 2. Efectos para el abono de prestaciones a los representantes de comercio que no se encuentren al corriente en el pago de cuotas.
Texto oficial de Acción Protectora de Regímenes Especiales Integrados (Ferroviarios, Toreros, Artistas) (BOE-A-1987-27400). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
