La tolerancia en cuanto a la verificación de contenido efectivo en el envasado, para los productos afectados por la presente Reglamentación, se ajustará a lo dispuesto en este sentido en el Real Decreto 723/1988, de 24 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 8 de julio), por el que se aprueba la norma general para el control del contenido efectivo de los productos alimenticios envasados.
Texto oficial de Real Decreto 1231/1988, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización del café (BOE-A-1988-24183). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 17. Contenido efectivo. — Real Decreto 1231/1988, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización del café · BOE Fácil