Los expedientes de convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria incoados con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto continuarán su tramitación y se resolverán de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su iniciación.
> <small>Se numera por la disposición final 2.1 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo. [Ref. BOE-A-2022-4972#df-2](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-4972)</small>
> <small>Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 100, de 27 de abril de 2022. [Ref. BOE-A-2022-6764](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-6764)</small>
Texto oficial de Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria (BOE-A-1988-3987). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria primera. — Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria · BOE Fácil