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real decreto · BOE-A-1988-8456

Real Decreto 280/1988, de 18 de marzo, por el que se regula el reconocimiento de Agrupaciones de Productores y sus Uniones en el sector agrario conforme al Reglamento (CEE) número 1.360/1978 del Consejo, de 19 de junio de 1978

Estado
Vigente
Publicación
2/4/1988
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula el reconocimiento de Agrupaciones de Productores y sus Uniones en el sector agrario.

A quién afecta: Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación del sector agrario.

  • Pueden reconocerse como Agrupaciones de Productores las cooperativas, sociedades agrarias de transformación y otras entidades con personalidad jurídica que cumplan los requisitos comunitarios.
  • Las Uniones de Agrupaciones de Productores persiguen a un nivel más amplio los mismos objetivos que las Agrupaciones que las integran.
  • La solicitud debe formularse ante la Comunidad Autónoma donde la entidad tenga su domicilio social.
  • Las Agrupaciones y Uniones reconocidas tienen derecho a percibir ayudas para su constitución y funcionamiento administrativo.
¿Ante qué Administración debe presentarse la solicitud de reconocimiento como Agrupación de Productores?

Ante la Comunidad Autónoma en cuyo territorio la entidad tenga su domicilio social.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.