El Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado podrá participar en sorteos comunes con otras Loterías de Estado, pudiendo contribuir, a tal fin, en la constitución de un fondo común para premios, respetándose, en todo caso, los porcentajes que, con destino a los mismos, se encuentran establecidos legalmente.
Texto oficial de Real Decreto 773/1989, de 23 de junio, por el que se regulan aspectos formales de los sorteos a celebrar por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado (BOE-A-1989-14729). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. º. — Real Decreto 773/1989, de 23 de junio, por el que se regulan aspectos formales de los sorteos a celebrar por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado · BOE Fácil