Uno. Los objetivos del Plan deberán expresarse, de acuerdo con los criterios generales de coordinación sanitaria, en términos cuantificables o suficientemente concretos; deberán incluir un tiempo para su consecución, y estarán en relación tanto con los problemas previamente identificados como con las circunstancias específicas del ámbito al que se refieran y con los recursos disponibles.
Dos. Los objetivos deberán expresar los resultados a alcanzar por los diferentes servicios y actuaciones sanitarias en los siguientes campos:
a) Promoción de la salud.
b) Protección de la salud.
c) Asistencia de la enfermedad.
Texto oficial de Plan Integrado de Salud (BOE-A-1989-17976). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. Establecimiento de objetivos. — Plan Integrado de Salud · BOE Fácil