real decreto · BOE-A-1989-17976
Real Decreto 938/1989, de 21 de julio, por el que se establecen el procedimiento y los plazos para la formación de los planes integrados de salud
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 28/7/1989
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Consumo
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto establece el procedimiento y los plazos para la formación del Plan Integrado de Salud.
A quién afecta: Administración del Estado y comunidades autónomas con competencias sanitarias.
- El Plan Integrado de Salud recoge en un único documento los planes estatales, autonómicos y conjuntos de salud.
- Las Administraciones sanitarias cuentan con seis meses para remitir sus planes al Departamento de Sanidad de la Administración del Estado.
- El proyecto del Plan se somete a información pública durante quince días para posibilitar la participación social.
- El proyecto definitivo se traslada al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que debe pronunciarse en el plazo de dos meses.
¿Durante cuánto tiempo se somete a información pública el proyecto del Plan Integrado de Salud?
Durante un período de quince días.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Citada por: Ley General de Sanidad (7 menciones)
- Cita a: Ley General de Sanidad (2 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Citada por: Comité Consultivo del Sistema Nacional de Salud (2 menciones)
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