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real decreto · BOE-A-1989-21967

Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario

Estado
Vigente
Publicación
9/9/1989
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno

Este real decreto regula las retribuciones del profesorado universitario: el sueldo, los complementos y las retribuciones del personal a tiempo completo, parcial e interino.

A quién afecta: Funcionarios de los Cuerpos docentes universitarios y personal docente interino de las Universidades.

  • Se aplica al personal docente universitario, que solo puede ser retribuido por los conceptos regulados en este real decreto, además de a los Maestros de Taller o Laboratorio.
  • Los funcionarios de carrera con dedicación a tiempo completo se retribuyen por sueldo, trienios, pagas extraordinarias, complemento de destino, complemento específico y, en su caso, complemento de productividad.
  • El personal interino a tiempo completo percibe el 85% de las retribuciones que corresponderían a un funcionario de carrera, excluidos los trienios.
  • La retribución del personal a tiempo parcial se calcula multiplicando un coeficiente fijo por el número de horas semanales lectivas y por la retribución anual de dedicación completa.
¿Qué porcentaje de las retribuciones de un funcionario de carrera percibe un profesor universitario interino a tiempo completo?

El 85% de las retribuciones correspondientes, excluidos los trienios.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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Retribuciones del Profesorado Universitario · BOE Fácil