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orden · BOE-A-1989-9741

Orden de 17 de abril de 1989 por la que se aprueba el Reglamento de la Orden Civil de la Solidaridad Social

Estado
Vigente
Publicación
29/4/1989
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Asuntos Sociales

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden aprueba el Reglamento de la Orden Civil de la Solidaridad Social, condecoración creada en sustitución de la antigua Orden de Beneficencia para reconocer a personas físicas o jurídicas que se hayan distinguido de forma extraordinaria en la promoción de la acción social y el bienestar social.

A quién afecta: Personas físicas o jurídicas, entidades, organizaciones y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen actividades de acción social, y que puedan ser propuestas para esta condecoración.

  • La Orden Civil de la Solidaridad Social sustituye a la antigua Orden de Beneficencia y premia actividades extraordinarias de promoción del bienestar social y de los derechos sociales.
  • Puede concederse en tres categorías: Gran Cruz, Cruz de plata sobredorada (oro) y Cruz de plata, cada una con un distintivo de diseño diferenciado.
  • La concesión puede solicitarse de oficio por las Administraciones Públicas o a instancia de entidades, organizaciones y asociaciones sin fines de lucro que realicen actividades de acción social; nunca a instancia del propio interesado.
  • La Gran Cruz se concede por Real Decreto del Consejo de Ministros, mientras que las Cruces de oro y plata se conceden por orden ministerial.
  • Se crea el Consejo de la Orden Civil de la Solidaridad Social, presidido por el Ministro competente como Canciller, que debe ser oído antes de expulsar a un miembro de la Orden.
¿Puede una persona solicitar directamente su ingreso en esta Orden?

No. Solo puede tramitarse de oficio por las Administraciones Públicas o a instancia de entidades, organizaciones y asociaciones sin ánimo de lucro; nunca a solicitud del propio interesado.

¿Qué diferencia hay entre las categorías de esta condecoración?

Existen tres categorías —Gran Cruz, Cruz de oro y Cruz de plata—, que se distinguen por el metal y diseño del distintivo y por el órgano que las concede: la Gran Cruz por Real Decreto del Consejo de Ministros, y las de oro y plata por orden ministerial.

¿Puede expulsarse a alguien de la Orden?

Sí, el órgano que concedió el ingreso puede acordar la expulsión, previa audiencia preceptiva del Consejo de la Orden.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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