real decreto · BOE-A-1990-1718
Real Decreto 75/1990, de 19 de enero, por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 23/1/1990
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Consumo
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula los tratamientos con opiáceos de las personas dependientes de los mismos.
A quién afecta: Personas dependientes de opiáceos y centros sanitarios acreditados para su tratamiento.
- Se aplica a los tratamientos con principios activos incluidos en el anexo, cuando se prescriban para pautas de duración superior a veintiún días.
- Solo pueden realizar estos tratamientos centros o servicios sanitarios públicos o privados sin ánimo de lucro, acreditados por las autoridades sanitarias autonómicas o el Ministerio de Sanidad y Consumo.
- Las Comunidades Autónomas constituyen comisiones de acreditación, evaluación y control de los centros, con representación de los Planes Autonómicos sobre Drogas.
- La acreditación de los centros tiene una vigencia máxima de dos años y puede revocarse por incumplimiento de la normativa o razones sanitarias o sociales.
¿Qué tipo de centros pueden realizar tratamientos con opiáceos para personas dependientes?
Centros o servicios sanitarios públicos o privados sin ánimo de lucro, debidamente acreditados.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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- Cita a: Ley General de Sanidad (1 menciones)
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