Los gastos que se originen por la confección de la TIP y de la placa insignia y por la dotación de la cartera portadocumentos serán cargados a las consignaciones presupuestarias de la Dirección General de la Guardia Civil.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
###### Única.
Las tarjetas de especialidad expedidas con arreglo a la normativa anterior seguirán vigentes hasta la entrega de la placa insignia regulada en esta Orden.
DISPOSICIONES FINALES
###### Primera.
El Director general de la Guardia Civil dictará las normas necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Orden.
###### Segunda.
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de agosto de 1990.
**CORCUERA CUESTA**
Texto oficial de Orden de 31 de agosto de 1990 por la que se crean la tarjeta de identidad profesional y la placa insignia en la Guardia Civil (BOE-A-1990-23915). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. º. — Orden de 31 de agosto de 1990 por la que se crean la tarjeta de identidad profesional y la placa insignia en la Guardia Civil · BOE Fácil