real decreto · BOE-A-1990-29699
Real Decreto 1576/1990, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión en el sistema de la Seguridad Social de pensiones extraordinarias motivadas por actos de terrorismo
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 8/12/1990
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula la concesión, dentro del sistema de la Seguridad Social, de pensiones extraordinarias a las personas afiliadas víctimas de actos de terrorismo, con reglas específicas sobre cuantía, incompatibilidades y financiación.
A quién afecta: Personas afiliadas al sistema de la Seguridad Social víctimas de terrorismo, o sus beneficiarios.
- Tienen derecho a estas pensiones las personas afiliadas a la Seguridad Social, estén o no de alta, que sean víctimas de un acto de terrorismo, en los términos de la Ley de Presupuestos para 1988.
- Se calculan con las reglas de las pensiones de invalidez y supervivencia por accidente de trabajo, con reglas especiales para determinar la base reguladora.
- No están sujetas a los límites generales de señalamiento inicial ni de revalorización que rigen para las demás pensiones del sistema.
- Cuando el beneficiario no tuviera derecho a pensión ordinaria, el coste íntegro de la extraordinaria se financia con cargo a los Presupuestos del Estado.
¿Están limitadas estas pensiones por los topes generales de revalorización?
No, las pensiones extraordinarias por terrorismo no están sujetas a los límites generales de señalamiento inicial ni de revalorización.
¿Quién financia estas pensiones cuando el beneficiario no tenía derecho a pensión ordinaria?
Se financian con cargo a los Presupuestos del Estado.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987 (1 menciones)
- Cita a: Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988 (2 menciones)
- Cita a: Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990 (1 menciones)
- Cita a: Tesorería General de la Seguridad Social (1 menciones)
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