real decreto · BOE-A-1991-10601
Real Decreto 691/1991, de 12 de abril, sobre cómputo recíproco de cuotas entre regímenes de Seguridad Social
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 1/5/1991
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula el cómputo recíproco de cuotas entre el Régimen de Clases Pasivas del Estado y el Régimen General y regímenes especiales de la Seguridad Social.
A quién afecta: Personas que acrediten cotizaciones en más de uno de estos regímenes, y sus familiares.
- Permite totalizar, a solicitud del interesado, los períodos de cotización acreditados en distintos regímenes para adquirir el derecho a pensión y calcular su cuantía, siempre que no se superpongan.
- Se aplica exclusivamente a pensiones de naturaleza común comprendidas en la acción protectora de los regímenes computados, excluyendo prestaciones sin equivalencia como la jubilación parcial.
- Una pensión reconocida gracias al cómputo de cotizaciones de otro régimen es incompatible con otra pensión causada en ese mismo régimen; el interesado debe optar por una de ellas.
- Las pensiones derivadas de accidente de trabajo, enfermedad profesional o causadas en acto de servicio quedan excluidas de estas normas de coordinación y se rigen por la legislación del régimen correspondiente.
¿Qué ocurre si una pensión reconocida gracias al cómputo recíproco es incompatible con otra?
El interesado deberá optar por una de las dos pensiones.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley General de la Seguridad Social (2 menciones)
- Cita a: Comisión Superior de Personal (1 menciones)
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