TÍTULO I. Tributación de las operaciones sujetas · CAPÍTULO I. Delimitación y localización del hecho imponible
Artículo 68. Supuestos de no sujeción.
No están sujetas al Arbitrio las siguientes transmisiones de bienes:
1.º Los incluidos en el Anexo I de la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las Islas Canarias, en los supuestos comprendidos en los números 1.º, 4.º, 5.º, 7.º y 8.º del artículo 9 de esta Ley.
2.º Las segundas y ulteriores entregas de los bienes efectuadas por los productores en el supuesto de recompra de los mismos.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 2.18 de la Ley 28/2014, de 27 de noviembre. [Ref. BOE-A-2014-12329](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-12329).</small>
> <small>Esta modificación surte efectos desde el 1 de julio de 2014, según establece la disposición final 5.c).</small>
> <small>Se modifica y renumera por el art. 11.1 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. [Ref. BOE-A-2001-24965](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-24965).</small>
> <small>Su anterior numeración era art. 72.</small>
# LIBRO II. Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias
# TÍTULO PRELIMINAR
Texto oficial de Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (BOE-A-1991-14463). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 68. Supuestos de no sujeción. — Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias · BOE Fácil