En tanto se apruebe la nueva normativa que regule el punto de conexión de red, éste deberá instalarse preferentemente en zonas públicas o comunes y, en su caso, en la entrada al domicilio del usuario.
###### Disposición final.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 8 de marzo de 1991.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de Transportes, Turismo y Comunicaciones,**
**JOSE BARRIONUEVO PEÑA**
Texto oficial de Real Decreto 303/1991, de 8 de marzo, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las previsiones de la Directiva 88/301/CEE, de 16 de mayo, relativa a la competencia en los mercados de terminales de telecomunicaciones (BOE-A-1991-6831). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. — Real Decreto 303/1991, de 8 de marzo, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las previsiones de la Directiva 88/301/CEE, de 16 de mayo, relativa a la competencia en los mercados de terminales de telecomunicaciones · BOE Fácil