CAPÍTULO III. Instalaciones, obligaciones y responsabilidades
Artículo 19. Obligaciones de las empresas instaladoras de gas.
Las empresas instaladoras de gas y los instaladores autorizados, de acuerdo con las disposiciones vigentes, asumirán las obligaciones y responsabilidades que de acuerdo con su categoría les competan y que se definen en el presente Reglamento y disposiciones complementarias, emitiendo los correspondientes certificados de idoneidad de la instalación de gas, según su tipo.
Texto oficial de Distribución de Gases Licuados del Petróleo (BOE-A-1992-22638). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 19. Obligaciones de las empresas instaladoras de gas. — Distribución de Gases Licuados del Petróleo · BOE Fácil