Cuando para el ejercicio de las competencias transferidas sea necesario efectuar traspaso de servicios, las Comisiones Mixtas precisarán los medios materiales y financieros, las funciones comprendidas en los ámbitos de la respectiva competencia y, en su caso, concretarán cuáles de estas funciones se llevarán a cabo a través de los órganos de cooperación, o se ajustarán en su ejercicio a planes o programas de carácter general.
Texto oficial de Ley Orgánica de Transferencia de Competencias a Comunidades Autónomas del Artículo 143 (BOE-A-1992-28426). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. Traspaso de servicios. — Ley Orgánica de Transferencia de Competencias a Comunidades Autónomas del Artículo 143 · BOE Fácil