ley organica · BOE-A-1992-28426
Ley Orgánica 9/1992, de 23 de diciembre, de transferencia de competencias a Comunidades Autónomas que accedieron a la autonomía por la vía del artículo 143 de la Constitución
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 24/12/1992
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Jefatura del Estado
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta ley orgánica transfirió, al amparo del artículo 150.2 de la Constitución, competencias estatales a diez Comunidades Autónomas que habían accedido a la autonomía por la vía lenta del artículo 143 (Asturias, Cantabria, La Rioja, Murcia, Aragón, Castilla-La Mancha, Extremadura, Baleares, Madrid y Castilla y León), equiparando en gran medida su techo competencial al de las comunidades históricas.
A quién afecta: Las diez Comunidades Autónomas beneficiarias de la transferencia y la Administración General del Estado.
- El artículo 2 transfirió a las diez Comunidades Autónomas la competencia exclusiva sobre recursos hidráulicos internos, casinos y juegos, entre otras materias.
- El artículo 19 transfirió la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en todos sus niveles y grados.
- El artículo 16 transfirió la gestión de las prestaciones y servicios sociales del INSERSO a estas Comunidades Autónomas.
- El artículo 18 mantuvo en el Estado la competencia sobre legislación laboral y alta inspección.
¿Qué competencias transfirió esta ley en materia de enseñanza?
El desarrollo legislativo y la ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades, según el artículo 19.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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- Cita a: Constitución Española (2 menciones)
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