Los Cajeros Pagadores llevarán una contabilidad auxiliar detallada de todas las operaciones que realicen. Dicha contabilidad se ajustará a las normas que se establezcan en las correspondientes Instrucciones económico-administrativas.
Texto oficial de Real Decreto 562/1993, de 16 de abril, por el que se desarrolla el artículo 18 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992, sobre procedimiento especial de gestión de gastos electorales (BOE-A-1993-10089). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 9. Contabilidad. — Real Decreto 562/1993, de 16 de abril, por el que se desarrolla el artículo 18 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992, sobre procedimiento especial de gestión de gastos electorales · BOE Fácil