CAPÍTULO II. Procedimiento de autorización del sistema de ajuste recíproco de intereses
Artículo 11. Certificación de actos presuntos.
En caso de que, transcurrido el plazo de tres meses, no haya recaído resolución expresa, el interesado podrá en cualquier momento solicitar de la Dirección General de Política Comercial la certificación que acredite el acto presunto.
La certificación deberá emitirse en el plazo y con los requisitos previstos en el artículo 44 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Texto oficial de Apoyo Oficial al Crédito a la Exportación (BOE-A-1993-13435). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.