La atribuciones y obligaciones del Tesorero son:
a) Elaborar los presupuestos ordinarios y extraordinarios, y presentarlos a la Junta de Gobierno para su ulterior aprobación en el Pleno.
b) Preparar y presentar las cuentas del año una vez cerrado el ejercicio.
c) Visar y ordenar el pago de todos los gastos de la Institución.
d) Velar por la buena marcha de las finanzas de la Academia.
Texto oficial de Real Decreto 1109/1993, de 9 de julio, por el que se aprueba los Estatutos de la Real Academia Española (BOE-A-1993-19893). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. — Real Decreto 1109/1993, de 9 de julio, por el que se aprueba los Estatutos de la Real Academia Española · BOE Fácil