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real decreto · BOE-A-1993-20862

Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el que se regula el procedimiento sancionador de las infracciones administrativas en materia de control de cambios

Estado
Vigente
Publicación
11/8/1993
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula el procedimiento sancionador de las infracciones administrativas en materia de control de cambios.

A quién afecta: Personas físicas y jurídicas sujetas a la normativa de control de cambios.

  • El procedimiento sancionador en control de cambios se rige por el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, con especialidades propias.
  • La competencia para iniciar el procedimiento corresponde al Director general del Tesoro y Política Financiera, previo informe del departamento competente.
  • El acuerdo de iniciación puede exigir la constitución de garantía suficiente para asegurar la efectividad de la resolución final.
  • Los órganos del Estado y del Banco de España deben facilitar al instructor la información y medios necesarios para la instrucción del expediente.
¿A quién corresponde iniciar el procedimiento sancionador por infracciones de control de cambios?

Al Director general del Tesoro y Política Financiera, previo informe del departamento ministerial competente por razón de la materia.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Procedimiento Sancionador en Control de Cambios · BOE Fácil