real decreto · BOE-A-1993-20862
Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el que se regula el procedimiento sancionador de las infracciones administrativas en materia de control de cambios
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 11/8/1993
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula el procedimiento sancionador de las infracciones administrativas en materia de control de cambios.
A quién afecta: Personas físicas y jurídicas sujetas a la normativa de control de cambios.
- El procedimiento sancionador en control de cambios se rige por el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, con especialidades propias.
- La competencia para iniciar el procedimiento corresponde al Director general del Tesoro y Política Financiera, previo informe del departamento competente.
- El acuerdo de iniciación puede exigir la constitución de garantía suficiente para asegurar la efectividad de la resolución final.
- Los órganos del Estado y del Banco de España deben facilitar al instructor la información y medios necesarios para la instrucción del expediente.
¿A quién corresponde iniciar el procedimiento sancionador por infracciones de control de cambios?
Al Director general del Tesoro y Política Financiera, previo informe del departamento ministerial competente por razón de la materia.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (1 menciones)
- Modificada por: Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores (1 notas)
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