TÍTULO III. Medidas de reforma en materia laboral · CAPÍTULO II. Infracciones y sanciones en el orden social
Disposición adicional sexta. Otros sistemas de racionalización.
Se añade una nueva disposición adicional vigesimoprimera a la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública del siguiente tenor:
«Disposición adicional vigesimoprimera.
Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, de acuerdo con su capacidad de autoorganización, podrán adoptar, además de Planes de Empleo, otros sistemas de racionalización de los recursos humanos, mediante programas adaptados a sus especificidades, que podrán incluir todas o alguna de las medidas mencionadas en los apartados 2 y 3 del artículo 18 de la presente Ley, así como incentivos a la excedencia voluntaria y a la jubilación anticipada.»
Texto oficial de Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo (BOE-A-1993-31153). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.