TÍTULO IV. Del funcionamiento del Consejo · CAPÍTULO II. Comisión Permanente y Comisiones de Trabajo
Artículo 33. Sesiones y quórum de constitución de las Comisiones de Trabajo.
1. Las Comisiones de Trabajo, en su sesión constitutiva, determinarán las normas de convocatoria y funcionamiento de las mismas respetando, en todo caso, lo que establece el presente Reglamento o el acuerdo de creación de las mismas.
2. Las sesiones de las Comisiones de Trabajo serán convocadas por su Presidente y, para su válida constitución, será necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros.
Texto oficial de Resolución de 31 de marzo de 1993, de la Subsecretaría, por la que se acuerda la publicación del Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Económico y Social (BOE-A-1993-9515). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 33. Sesiones y quórum de constitución de las Comisiones de Trabajo. — Resolución de 31 de marzo de 1993, de la Subsecretaría, por la que se acuerda la publicación del Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Económico y Social · BOE Fácil