orden · BOE-A-1994-24230
Orden de 28 de octubre de 1994 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control de la Producción y Comercialización de Plantones de Hortalizas y Material de Multiplicación de Hortalizas distinto de las semillas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 4/11/1994
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden regula la producción y comercialización de los plantones de hortalizas y de los materiales de multiplicación de hortalizas distintos de las semillas, transponiendo al ordenamiento español la Directiva europea 92/33/CEE y sus normas de desarrollo. Fija los requisitos de identidad, pureza y sanidad vegetal que deben cumplir estos materiales, y los controles que deben aplicar los proveedores en todas las fases de producción.
A quién afecta: Los productores y comerciantes de plantones de hortalizas y de materiales de multiplicación de hortalizas, la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, y los órganos competentes de las comunidades autónomas encargados del control y certificación.
- El material debe tener adecuada identidad y pureza respecto al género, especie y, cuando exista Registro de Variedades, también respecto a la variedad, además de estar sustancialmente libre de defectos que puedan mermar su utilidad como material de plantación.
- Los plantones y materiales de multiplicación deben cumplir las condiciones fitosanitarias del Reglamento (UE) 2016/2031 y estar prácticamente libres, mediante inspección visual, de las plagas enumeradas en el anexo II de la orden.
- Los proveedores se clasifican en productores (que realizan la producción y pueden además desarrollar otras actividades) y comerciantes (importación, almacenamiento, comercialización o puesta en el mercado), y deben identificar los puntos críticos de su proceso productivo.
- La orden no se aplica a los materiales destinados a la exportación fuera de la Unión Europea, siempre que estén correctamente identificados y aislados, sin perjuicio de la normativa fitosanitaria aplicable.
- El organismo oficial responsable del control y certificación es la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios a nivel estatal, con ejecución de las operaciones de control por los órganos competentes de las comunidades autónomas.
¿Qué requisitos deben cumplir los plantones de hortalizas para poder comercializarse?
Deben tener adecuada identidad y pureza en cuanto al género, especie y variedad, estar sustancialmente libres de defectos, y cumplir las condiciones fitosanitarias aplicables frente a las plagas reguladas.
¿A quién no se aplica esta orden?
A los materiales de multiplicación y plantones de hortalizas que se demuestre que están destinados a la exportación fuera de la Unión Europea, siempre que estén correctamente identificados y aislados.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas (2 menciones)
- Cita a: Orden de 23 de mayo de 1986 por la que se aprueba el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria (1 menciones)
- Citada por: Modificación de los Reglamentos Técnicos de Certificación de Semillas Hortícolas (2 menciones)
- Citada por: Registro de Operadores Profesionales de Vegetales y Pasaportes Fitosanitarios (1 menciones)
- Modificada por: Modificación de los Reglamentos Técnicos de Certificación de Semillas Hortícolas (3 notas)
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