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real decreto ley · BOE-A-1994-360

Real Decreto-ley 22/1993, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases para la regulación de horarios comerciales

Estado
Vigente
Publicación
7/1/1994
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Este real decreto-ley estableció las bases para la regulación de los horarios comerciales, atribuyendo a las comunidades autónomas la competencia sobre apertura y cierre de los locales comerciales.

A quién afecta: Comerciantes minoristas y comunidades autónomas con competencia en la regulación de horarios comerciales.

  • Corresponde a las comunidades autónomas la regulación de los horarios de apertura y cierre de los locales comerciales en su territorio.
  • El horario global mínimo en que los comercios pueden desarrollar su actividad durante la semana es de setenta y dos horas.
  • Los comercios pueden permanecer abiertos como mínimo ocho días festivos al año.
  • Determinados establecimientos, como pastelerías, prensa, floristerías y tiendas de conveniencia, tienen un régimen especial de horarios.
¿Qué horario mínimo semanal estableció esta norma para la actividad comercial?

Setenta y dos horas, como horario global mínimo durante el conjunto de días laborables de la semana.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

  1. 7 de enero de 1994

    Real Decreto-ley 22/1993, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases para la regulación de horarios comerciales — versión original 1994

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Real Decreto-ley de Bases de los Horarios Comerciales (1993) · BOE Fácil