real decreto · BOE-A-1994-7653
Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 6/4/1994
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Educación y Ciencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula la autorización de los centros docentes privados que imparten enseñanzas de música, danza, arte dramático y artes plásticas y diseño conducentes a títulos oficiales.
A quién afecta: Titulares de centros docentes privados de enseñanzas artísticas.
- La apertura y funcionamiento de estos centros se somete al principio de autorización administrativa, que se concede si el centro reúne los requisitos mínimos establecidos con carácter general.
- Puede obtener autorización cualquier persona física o jurídica privada, de nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea, y también de nacionalidad extranjera conforme a la legislación aplicable.
- No pueden ser titulares de estos centros las personas que trabajen en la Administración educativa, quienes tengan antecedentes penales por delitos dolosos, ni quienes hayan sido privados de este derecho por sentencia judicial firme.
- Antes de iniciar el procedimiento de autorización, existe una fase previa voluntaria de consulta mediante la presentación de una memoria resumen del proyecto.
¿Puede ser titular de un centro docente privado de enseñanzas artísticas una persona con antecedentes penales por un delito doloso?
No, quienes tengan antecedentes penales por delitos dolosos no pueden ser titulares de estos centros.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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