El pago de las ayudas recogidas en el presente real decreto está condicionado a la preceptiva autorización de la Comisión Europea, con arreglo a lo establecido en el artículo 108.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europa y en el Reglamento (CE) n.º 659/99 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE.
> <small>Se añade por el art. único.11 del Real Decreto 237/2013, de 5 de abril. [Ref. BOE-A-2013-3809](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-3809).</small>
Texto oficial de Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre primas y financiación a la construcción naval (BOE-A-1994-9139). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Pago de ayudas. — Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre primas y financiación a la construcción naval · BOE Fácil