La extinción del contrato administrativo se producirá automáticamente, sin necesidad de denuncia previa, cuando expire el plazo convenido en el mismo, salvo que con anterioridad las partes acuerden la renovación del contrato con sujeción, en todo caso, a lo previsto en el artículo 8.2 del presente Real Decreto.
La extinción del contrato administrativo de los profesores especialistas por expiración del tiempo convenido no dará derecho a indemnización alguna.
Texto oficial de Contratación de Profesores Especialistas (BOE-A-1995-22867). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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