TÍTULO II. De la actividad de entidades aseguradoras españolas · CAPÍTULO I. Del acceso a la actividad aseguradora · Sección 2.ª Restantes requisitos
Artículo 14. Socios.
Texto oficial de Ley de Ordenación de los Seguros Privados de 1995 (BOE-A-1995-24262). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
