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CAPITULO II. Asistencia a las víctimas

Artículo 16. Oficinas de asistencia a las víctimas.

Texto oficial de Ley de Ayudas a Víctimas de Delitos Violentos (BOE-A-1995-26714). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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