TÍTULO I. De la creación, determinación y administración de las vías pecuarias · CAPÍTULO II. Clasificación, deslinde y amojonamiento
Artículo 7. Acto de clasificación.
La clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria.
Texto oficial de Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias (BOE-A-1995-7241). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Acto de clasificación. — Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias · BOE Fácil