TÍTULO III. Ventas especiales · CAPÍTULO II. Ventas a distancia
Artículo 40. Información previa.
1. Antes de iniciar el procedimiento de contratación y con la antelación necesaria, el vendedor deberá suministrar al consumidor, de forma veraz, eficaz y suficiente, la siguiente información:
a) La identidad del vendedor y su dirección.
b) Las características esenciales del producto.
c) El precio, incluidos todos los impuestos.
d) Los gastos de entrega y transporte, en su caso.
e) La forma de pago y modalidades de entrega o de ejecución.
f) La existencia de un derecho de desistimiento o resolución, o su ausencia en los contratos a que se refiere el artículo 45.
g) El coste de la utilización de la técnica de comunicación a distancia cuando se calcule sobre una base distinta de la tarifa básica.
h) El plazo de validez de la oferta y del precio.
i) La duración mínima del contrato, si procede, cuando se trate de contratos de suministro de productos destinados a su ejecución permanente o repetida.
j) Las circunstancias y condiciones en que el vendedor podría suministrar un producto de calidad y precio equivalentes, en sustitución del solicitado por el consumidor, cuando se quiera prever esta posibilidad.
k) En su caso, indicación de si el vendedor dispone o está adherido a algún procedimiento extrajudicial de solución de conflictos.
2. La información contenida en el apartado anterior, cuya finalidad comercial debe ser indudable, deberá facilitarse al comprador de modo claro, comprensible e inequívoco, mediante cualquier técnica adecuada al medio de comunicación a distancia utilizado, y deberá respetar, en particular, el principio de buena fe en las transacciones comerciales, así como los principios de protección de quienes sean incapaces de contratar.
> <small>Se modifica por el art. 3 de la Ley 47/2002, de 19 de diciembre. [Ref. BOE-A-2002-24811](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-24811)</small>
Texto oficial de Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (BOE-A-1996-1072). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.