TÍTULO I. Disposiciones generales y procedimiento concesional · CAPÍTULO III. Régimen concesional
Artículo 15. Formalización del contrato.
Texto oficial de Reglamento de Telecomunicaciones por Cable (BOE-A-1996-21311). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
