TÍTULO VI. Normas tributarias · CAPÍTULO III. Tasas y prestaciones patrimoniales de carácter público · Sección 2.º Prestaciones patrimoniales de carácter público
Artículo 68. Prestaciones patrimoniales de carácter público.
Se elevan para 1997 las cuantías de los servicios básicos postales y telegráficos y otras prestaciones postales y telegráficas, reguladas en la Orden de 23 de diciembre de 1994 y en la Resolución de 24 de diciembre de 1994, así como los porcentajes de bonificación a ellos asociados, que serán objeto de actualización por aplicación del coeficiente 1,08.
Por excepción, las tarifas del servicio internacional de Impreso General y del Pequeño Paquete hasta los 2 kilogramos de peso se elevan hasta el 60 por 100 de la tarifa para 1997 de la Carta Internacional. A los impresos de más de 2 kilogramos se les aplicará por cada 1.000 gramos más o fracción 350 pesetas.
Salvo para el Correo Especial de Negocios (CEN), las tarifas resultantes se redondearán de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 509/1984, de 22 de febrero.
Texto oficial de Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997 (BOE-A-1996-29116). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 68. Prestaciones patrimoniales de carácter público. — Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997 · BOE Fácil