TITULO XII. Del régimen económico y administrativo de los Establecimientos penitenciarios · CAPITULO III. Gestión de economatos, cafeterías y cocinas
Artículo 302. Normas reguladoras de los servicios.
1. Por el centro directivo se establecerán las normas reguladoras de cada uno de los sistemas de gestión previstos.
2. La lista actualizada de productos y precios de economato se deberá exponer a la población reclusa junto a la ventanilla del despacho donde se dispensen los mismos.
3. La lista actualizada de productos y precios de la cafetería deberá exponerse en un lugar visible para los usuarios, dentro del local utilizado para la misma.
Texto oficial de Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario (BOE-A-1996-3307). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 302. Normas reguladoras de los servicios. — Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario · BOE Fácil