TÍTULO IV. Disposiciones comunes · CAPÍTULO I. Adquisición y pérdida de la cualidad de Oficial, Auxiliar y Agente
Artículo 23. Nombramiento y primer destino.
Los que hayan superado el proceso de promoción interna en concurso restringido o las pruebas de selección determinadas en la convocatoria, incluidas, en su caso, las pruebas optativas y acreditado, dentro del plazo reglamentario, reunir los requisitos para tomar parte en aquellas, serán nombrados y destinados con carácter forzoso por el orden de calificación y según sus preferencias.
Texto oficial de Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia (BOE-A-1996-4716). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 23. Nombramiento y primer destino. — Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia · BOE Fácil