La protección del Estado en relación con Cruz Roja Española corresponde al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, o a aquel otro Ministerio que en cada momento tenga atribuida esta competencia, y se ejercerá a través de un Consejo de Protección, coordinando al efecto la actuación de los demás departamentos ministeriales.
> <small>Se modifica por el art. 2.1 del Real Decreto 369/2021, de 25 de mayo. [Ref. BOE-A-2021-8750](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-8750)</small>
Texto oficial de Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española (BOE-A-1996-5099). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. De la protección del Estado. — Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española · BOE Fácil