TÍTULO I. Disposiciones generales. Competencias administrativas y planificación eléctrica
Artículo 1. Objeto.
1. La presente ley regula las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica, consistentes en su generación, transporte, distribución, servicios de recarga energética, comercialización e intercambios intracomunitarios e internacionales, así como la gestión económica y técnica del sistema eléctrico.
2. La regulación de dichas actividades tiene por finalidad:
La adecuación del suministro de energía eléctrica a las necesidades de los consumidores, y
La racionalización, eficiencia y optimización de aquellas, atendiendo a los principios de monopolio natural del transporte y la distribución, red única y de realización al menor coste.
3. Las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica se ejercerán de forma coordinada bajo los principios de objetividad, transparencia y libre competencia.
> <small>Se modifica por el art. 23 del Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril. [Ref. BOE-A-2010-5879](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-5879)</small>
> <small>Se modifica el apartado 2.b) por el art. 21.1 del Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo. [Ref. BOE-A-2005-4172](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-4172)</small>
Texto oficial de Ley del Sector Eléctrico de 1997 (BOE-A-1997-25340). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto. — Ley del Sector Eléctrico de 1997 · BOE Fácil