ANEXO. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES · CAPÍTULO IV. Del funcionamiento del Consejo
Artículo 15. De las sesiones.
1. El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones podrá reunirse en sesiones ordinarias y extraordinarias.
Se celebrarán con carácter ordinario al menos treinta sesiones al año.
2. Las sesiones del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones no serán públicas, a excepción de aquéllas en las que se substancien trámites del procedimiento arbitral y de aquéllas otras en que así se acuerde, a propuesta del Presidente, por la mayoría absoluta de sus miembros
Las sesiones en las que se dicten los laudos arbitrales serán secretas en todo caso.
Texto oficial de Orden de 9 abril 1997 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (BOE-A-1997-7699). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. De las sesiones. — Orden de 9 abril 1997 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones · BOE Fácil