CAPÍTULO I. Instituto Nacional de la Seguridad Social
Artículo 10 bis. Subdirección General de Gestión de Incapacidad Temporal y otras Prestaciones a Corto Plazo.
Compete a esta Subdirección General:
a) La ordenación administrativa para la gestión y control de la incapacidad temporal, la maternidad, la protección familiar, las prestaciones del seguro escolar y del Fondo especial de mutualidades de funcionarios de la Seguridad Social, y otras prestaciones a corto plazo del sistema de la Seguridad Social, así como el reconocimiento de la asistencia sanitaria.
b) Se adscribe a esta Subdirección General la Unidad de Gestión de Prestaciones Económicas y Sociales del Síndrome Tóxico, a la que corresponde la gestión y administración de las prestaciones sociales y económicas citadas.
> <small>Se añade por la disposición final 1.3 del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio de 2004. [Ref. BOE-A-2004-12474](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-12474).</small>
Texto oficial de Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social (BOE-A-1997-86). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.