TÍTULO I. Prestaciones patrimoniales de carácter público con naturaleza de tasas · CAPÍTULO III. Tasas por prestación de servicios gestionados por los Ministerios de la Presidencia y de Justicia · Tasa por publicación de actos y anuncios en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil»
Artículo 21. Sujetos pasivos.
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten los servicios constitutivos del hecho imponible de la tasa.
A estos efectos, la publicación de los actos contemplados en la sección 1. a del «Boletín Oficial del Registro Mercantil» se entenderá solicitada por las personas que instasen su inscripción en dicho Registro.
Texto oficial de Ley de Tasas Estatales y Locales de 1998 (BOE-A-1998-16714). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 21. Sujetos pasivos. — Ley de Tasas Estatales y Locales de 1998 · BOE Fácil