real decreto · BOE-A-1998-19580
Real Decreto 1659/1998, de 24 de julio, por el que se desarrolla el artículo 8, apartado 5, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en materia de información al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 12/8/1998
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Este real decreto desarrolla la obligación empresarial de informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo y las principales condiciones de la prestación laboral.
A quién afecta: Empresarios y trabajadores con relaciones laborales de duración superior a cuatro semanas.
- La obligación de informar se entiende cumplida si dichos elementos ya figuran en el contrato de trabajo formalizado por escrito; en caso contrario, el empresario debe facilitar por escrito la información restante.
- Cuando el trabajador preste servicios en el extranjero, la información debe completarse con la duración del trabajo, la moneda del salario y las condiciones de repatriación.
- El empresario debe informar por escrito de cualquier modificación de los elementos esenciales del contrato, salvo que derive de cambios en disposiciones legales o convenios colectivos.
- La información general debe facilitarse en el plazo de dos meses desde el inicio de la relación laboral, y la relativa a modificaciones, en el plazo de un mes desde que sean efectivas.
¿En qué plazo debe el empresario informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato?
En el plazo de dos meses a contar desde el inicio de la relación laboral.
Normas relacionadas
- Cita a: Estatuto de los Trabajadores (11 menciones)
- Modificada por: Real Decreto de la Relación Laboral del Hogar Familiar (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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