CAPÍTULO III. Actividad pesquera con artes de palangre de fondo dirigida a la merluza por buques palangreros menores de 100 TRB
Artículo 8 bis. Transmisión de días de pesca.
Texto oficial de Orden de 25 de marzo de 1998 por la que se regula la pesca especializada de especies demersales y especies profundas con artes de palangre de fondo en aguas de otros Estados miembros de la Unión Europea (BOE-A-1998-8125). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
