real decreto · BOE-A-1998-8424
Real Decreto 487/1998, de 27 de marzo, sobre reconocimiento, como cotizados a la Seguridad Social, de períodos de actividad sacerdotal o religiosa de los sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 9/4/1998
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto reconoce como cotizados a la Seguridad Social los períodos de actividad sacerdotal o religiosa de sacerdotes y religiosos secularizados.
A quién afecta: Sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados con 65 o más años sin pensión contributiva.
- Se aplica a quienes se secularizaron o cesaron en la profesión religiosa antes del 1 de enero de 1997, con 65 años o más y sin derecho a pensión contributiva.
- Reconoce como cotizados los años de ejercicio sacerdotal o religioso necesarios para alcanzar un cómputo de quince años de cotización.
- Los interesados deben abonar el capital coste correspondiente a los años reconocidos, aplicando un 3,33% por año a la base reguladora.
- El abono del capital coste puede aplazarse hasta veinte años, fraccionado en pagos mensuales deducibles de la pensión.
¿Qué requisitos de edad se exigen para acogerse a este reconocimiento de períodos cotizados por actividad sacerdotal?
Tener 65 años o más y no tener derecho a pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
