La presente Ley no se aplicará a los contratos administrativos, a los contratos de trabajo, a los de constitución de sociedades, a los que regulan relaciones familiares y a los contratos sucesorios.
Tampoco será de aplicación esta Ley a las condiciones generales que reflejen las disposiciones o los principios de los Convenios internacionales en que el Reino de España sea parte, ni las que vengan reguladas específicamente por una disposición legal o administrativa de carácter general y que sean de aplicación obligatoria para los contratantes.
Texto oficial de Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación (BOE-A-1998-8789). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Contratos excluidos. — Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación · BOE Fácil