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TÍTULO II. Homologación, inspección y condiciones técnicas de los vehículos de motor, remolques y semirremolques · CAPÍTULO II. Condiciones técnicas

Artículo 20. Condicionamiento de los dispositivos en función del progreso técnico.

Texto oficial de Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos (BOE-A-1999-1826). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 20. Condicionamiento de los dispositivos en función del progreso técnico. — Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos · BOE Fácil