TÍTULO IV. Normas de gestión y organización administrativa · CAPÍTULO I. De la gestión · Sección 2.ª De la gestión de las Haciendas Locales
Artículo 49. Compensaciones y retenciones con cargo a la participación en los ingresos del Estado.
Se modifica el último párrafo de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, con la siguiente redacción:
«A los efectos previstos en los párrafos precedentes se declara la responsabilidad solidaria de las Corporaciones locales respecto de las deudas tributarias o con la Seguridad Social, contraídas por las entidades a que se refieren las letras b) y c) del apartado 3 del artículo 85 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como de las que en su caso se contraigan por las Mancomunidades, Comarcas, Áreas Metropolitanas, entidades de ámbito inferior al municipio y por cualesquiera instituciones asociativas voluntarias públicas en las que aquéllas participen, en proporción a sus respectivas cuotas y sin perjuicio del derecho de repetir que les pueda asistir, en su caso.»
Texto oficial de Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE-A-1999-24786). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.