TÍTULO V. De la acción administrativa · CAPÍTULO V. Acción administrativa en materia de transportes
Artículo 62. Acreditación de la condición de residente en las islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria 1 de la Ley 2/2012, de 29 de junio. [Ref. BOE-A-2012-8745](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-8745).</small>
Texto oficial de Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE-A-1999-24786). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 62. Acreditación de la condición de residente en las islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla. — Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social · BOE Fácil